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REIVINDICACIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO

Rafa Rodríguez

  1. Importancia del trabajo autónomo

Las personas que trabajan como Autónomos en España realizan una labor profesional arriesgando sus propios recursos económicos y aportando su trabajo personal. Son ya 3,43 millones. En los últimos años han disminuido en los sectores tradicionales como el comercio, la hostelería o la agricultura y ganadería, pero se han incrementado en los servicios financieros y jurídicos, la industria y las actividades artísticas.

La mayoría de los Autónomos, cerca del 80%, no tienen empleados a su cargo, el 20% cuentan con asalariados. El 50% de este 20% solo cuenta con un trabajador y un 20% tiene más de cinco trabajadores.

Es un colectivo que demanda un sistema que no penalice su estructura productiva y derechos y protección social semejante al que tienen los trabajadores por cuenta ajena, tal como establece la Recomendación número 4 del Pacto de Toledo.

  1. Un sector clave para la economía andaluza

La economía andaluza se sustenta en una estructura empresarial conformada principalmente por personas trabajadoras autónomas y pymes, que representan más del 99% del tejido empresarial. Es la Comunidad Autónoma con mayor número de trabajadores Autónomos, 654.150 personas residentes en Andalucía fueron autónomas en algún momento del año 2024. 6 de cada 10 empresas andaluzas son personas físicas (61,8%), que suponen el 16,5% del total de afiliaciones.

Las mujeres andaluzas cotizantes en el Régimen Especial de Trabajo Autónomo (RETA) son unas 210.000, con una tasa de participación del 36,7%. El 11,8% de las personas afiliadas al RETA en Andalucía son de nacionalidad extranjera.

  1. Andalucía tiene características propias

El sector en Andalucía tiene características propias tales como su menor ingreso medio y su mayor estacionalidad, lo que implica rendimientos netos sensiblemente inferiores a la media estatal.

La mayor parte de los Autónomos (74%) realizan su actividad en el sector servicios. De ellos, el 46% se dedican a actividades de comercio y hostelería (223.125 andaluces).

El 54% de las personas autónomas vienen desarrollando su actividad de forma ininterrumpida desde hace 5 años o más (346.350 personas). Hay una importante presencia en las zonas rurales, con casi el 25% del total de personas trabajadoras afiliadas a la Seguridad Social.

8 de cada 10 personas trabajadoras autónomas no tiene trabajadores asalariados (81,2% del total), mientras que un 9% cuenta con un asalariado a su cargo.

La mayoría tienen más de 40 años. Lo Autónomos menores de 40 años suelen cotizar en la base mínima y a menudo se ven obligados a combinar su actividad con un trabajo por cuenta ajena.

  1. El nuevo sistema que introduce el Real Decreto-ley 13/2022

El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad, vincula las cotizaciones con los ingresos reales.

Desde el 1 de enero de 2023 se implantó un sistema progresivo de cotización por rendimientos netos reales (ingresos menos gastos) para trabajadores autónomos, con 15 tramos y la correspondiente base de cotización dentro de cada uno de ellos.

El nuevo sistema de cuotas a la Seguridad Social se prevé implantar gradualmente cada tres años hasta 2032. Cada tramo fija una base mínima y máxima de cotización, y dentro de ella el autónomo elige la base específica. Luego se aplica el tipo del 31,4% a la base para calcular la cuota mensual de cotización.

Esta reforma ha sido positiva, pero no suficiente.

  1. Principales dificultades

Los Autónomos siguen afrontando graves problemas que están interrelacionados: bajos ingresos, excesiva carga tributaria y bajas prestaciones sociales, aunque hay que tener en cuenta la gran variedad de situaciones de los trabajadores por cuenta propia.

Hay colectivos como los Autónomos societarios, los notarios, registradores, auditores, odontólogos o programadores, con altas rentas, ingresos netos superiores a 4.000€ mensuales con un rendimiento neto medio mensual de unos 6.600€ o casi 80.000€ anuales. Una élite que puede cotizar entre 550 y 600€ mensuales, casi lo mismo que abona un asalariado con un salario bruto de 1.500€ mensuales.

Por el contrario, la gran mayoría de Autónomos personas físicas, tienen tramos bajos y medios, porque sus ingresos son modestos. Son el núcleo del problema redistributivo del sistema. La mayoría declaran rendimientos mensuales inferiores a 900 euros, y una parte, en torno al 20 % del total de afiliados al RETA. sobrevive con rendimientos iguales o inferiores a 700 euros mensuales. Los colaboradoras y colaboradores familiares constituyen un colectivo estructuralmente vulnerable.

Los Autónomos del comercio se enfrentan a un escenario particularmente adverso, por la competencia de grandes superficies y plataformas online que venden por debajo del coste. En la hostelería, además de los problemas comunes, se enfrentan al encarecimiento de los costes de las materias primas y al estrés físico y emocional.

  1. Alternativas

a) En el marco del diálogo social

Las imprescindibles mejoras en el régimen de los trabajadores autónomos deben realizarse en el marco del diálogo social. Para ello es necesario actualizar la representatividad del colectivo de Autónomos mediante un sistema basado en principios democráticos ya que según el plan estratégico de Andalucía solo ATA tiene representatividad, obviando a UPTA y UATAE.

Igualmente es preciso dar cumplimiento a la disposición adicional octava Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, que señala que el Gobierno planteará la presencia de los trabajadores Autónomos en el Consejo Económico y Social. Sin embargo, ninguna organización de Autónomos tiene hoy representación directa en el CES.

b) Los tres grandes objetivos

Los tres grandes objetivos son, por un lado, aumentar los ingresos de los Autónomos; hacer más justa el reparto de la carga tributaria, incluida las cuotas a la SS (que aunque no son estrictamente un impuesto, en la práctica funcionan como tal) y, en tercer lugar, que la acción protectora del régimen público de Seguridad Social de los trabajadores Autónomos converja en derechos y prestaciones con la existente para los trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, tal como establece el artículo 26. 5. de la Ley 20/2007.

c) Aumentar los ingresos de los Autónomos

La Junta de Andalucía tiene amplias competencias para implementar reformas estructurales que aumenten los ingresos de los Autónomos, sobre todo de los tramos que tienen menor renta. Según datos recientes proporcionados por el IECA, el 23% de los autónomos andaluces cotizó en 2024 por la base de cotización mínima (950,98€ al mes)[1].

El artículo 172 del Estatuto de Autonomía dispone que una ley del Parlamento de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajo autónomo. A tal efecto es necesario un enfoque distinto para el Plan estratégico andaluz del trabajo autónomo 2024-2027 de la Junta de Andalucía y una nueva ley que sustituya a la anacrónica Ley 15/2011, de 23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo.

d) Mayor progresividad en las cuotas a la Seguridad Social

La reforma operada por el Real Decreto-ley 13/2022, ha supuesto una progresividad moderada en el pago de las cuotas a la Seguridad Social, claramente insuficiente porque solo se basa en los tramos de ingreso mientras que el tipo o tarifa es la misma para todos.

En el Régimen Especial de Trabajo Autónomo, el Autónomo paga toda la cuota porque no hay reparto entre la empresa y el trabajador, como sucede en la relación laboral de los trabajadores por cuenta ajena.

Por esta especificidad, reclamamos tipos menores para quienes ingresan menos y tipos más altos para los que más ganan más. En concreto proponemos una horquilla que vaya desde un tipo mínimo del 15 % para ingresos bajos cercanos al SMI y un tipo máximo del 35% para ingresos altos, con lo que la recaudación total no disminuiría,

f) Prestaciones

Se trata de avanzar en la equiparación al Régimen General de todas las prestaciones del RETA y de agilizar e informatizar los trámites.

De forma prioritaria es necesario mejoras para el acceso a la prestación por cese de actividad, haciendo efectivo el derecho a la prestación por desempleo cuando haya un cierre del negocio y la baja como autónomo, eliminando el requisito de acreditar pérdidas en el último año. A tal efecto es preciso mejorar el funcionamiento del Observatorio para el análisis y seguimiento de la prestación por cese de actividad de Autónomos.

Asimismo, permitir el acceso al subsidio de paro para mayores de 52 años.

Para la jubilación ordinaria, proponemos que se puedan escoger 15 años de la cotización, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los últimos 15 años de trabajo, y que las pensiones más bajas suban siempre por encima del resto. En determinados colectivos como en el transporte son necesarios coeficientes reductores para adelantar la edad de jubilación, dada la dureza de la actividad.

En la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales debe darse una presunción legal de accidente de trabajo si ocurre en tiempo y lugar de trabajo, tal como sucede con el trabajo asalariado, sin necesidad de probar que el daño está directamente vinculado con la actividad profesional. Asimismo, el cuadro oficial de enfermedades profesionales está pensado históricamente para el trabajo asalariado. Muchas patologías frecuentes entre Autónomos (sobrecarga musculoesquelética, estrés, desgaste físico continuado) no encajan bien o se califican como contingencia común.

En el trabajo autónomo, la prevención es formal o inexistente, salvo sectores muy regulados. Por eso necesitamos un nuevo marco de Prevención de Riesgos Laborales que responda a las particularidades del trabajo por cuenta propia y refuerce la seguridad de quienes ejercen en sectores de mayor exposición.

g) Falsos autónomos

Es necesario seguir combatiendo el fraude extendido de los “falsos Autónomos” para evitar el deterioro de las condiciones laborales de miles de profesionales que se ven obligados por las empresas a acogerse a esta forma contractual.

La Ley Rider es un primer paso que hemos logrado, pero hace falta extremar los mecanismos de la inspección de trabajo para hacerla cumplir y dotar de herramientas a estos trabajadores y trabajadoras para denunciar los fraudes de ley, con un incremento de las sanciones a las empresas que cometan este fraude. Hay que extenderla a otros sectores para garantizar derechos,

También la revisión de la figura del trabajador autónomo dependiente para hacerla más restrictiva, promoviendo que los trabajadores se incorporen a las empresas mediante contratos laborales indefinidos.

 

[1] IECA. Datos del año 2024 de los autónomos en Andalucía (publicado en enero de 2026).

 

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