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Laicidad republicana

II republica

Rafael Luna

La laicidad que propugnamos los republicanos no es una ideología anti-religiosa, una especie de dogma contra la libertad de conciencia. Por el contrario, es una garantía de libertad. Protege el libre ejercicio de la religión y la libre elección de cada individuo.

No es que la laicidad es un dogma republicano. Es exactamente lo contrario. Con la llegada de los Ilustración y el espíritu de tolerancia de Voltaire, que fue impulsado por la influencia filosófica y científicos, muy fuerte a finales del siglo XIX, el racionalismo, el positivismo y el cientificismo. No es una verdad revelada a los republicanos. Es la hija de la razón, que se aplica a la duda. La fe tiene que ser ciega y simple.

Si se protege la libertad de elección, sin embargo, el laicismo prohíbe opciones de
denominación que pesen sobre la deliberación pública. No es, repetimos, anti-religiosa
pero es deliberadamente anti-clerical. Se erige como baluarte de la neutralidad
absoluta frente a la influencia de la religión en las instituciones públicas y, en primer lugar, en la escuela pública, ya que la escuela es precisamente donde se forja el crisol de la libertad de conciencia y dónde está la integración republicana.

Sin embargo, los republicanos no somos absolutamente hostil a la existencia de un
la educación privada. Somos conscientes de que algunos padres quieren ofrecer una educación específica a sus hijos. Sin embargo, nuestra posición es sencilla: el dinero público no debe ir a la escuela privada, ya que pertenece a todos. Para nosotros, la única escuela libre es la pública.

La laicidad no es una especie de balanza donde sopesar las diferentes las influencias religiosas, para apoyar la ley, o para llevar a cabo su resultado y así definir las diferentes reglas de la vida pública con el mínimo común denominador de creencias privadas. Dichos modelos pueden orientar a la comunidad en su diseño social pero no puede ser el punto de referencia, fluctúa en la actualidad, en la naturaleza, de nuestra identidad  republicana. En el espacio público, el laicismo es soberano; las decisiones privadas son indiferentes desde el sus eventos o condiciones de ejercicio mientras no sean contrarias al orden republicano.

Esta es la razón del porque una república laica no tiene que preocuparse por el censo y clasificación de las religiones, basándose en el número de sus seguidores o su grado de implantación histórica, esto es una estadística que se sitúa claramente fuera de los deberes de la República.

Proclamamos que el principio de neutralidad laica debe de erigirse en un baluarte. Esta regla no  quiere decir que la neutralidad del Estado sea pasiva, es activa. La escuela, al utilizar este ejemplo debe, por supuesto, ser protegida de la invasión de la fe, pero también de la influencia económica y partidista. Es el bien común, de ello se desprende que el dinero no puede ser un factor de discriminación en la escuela – y la mercantilización de las universidades públicas deben ser combatidas -.

El laicismo republicano se resumen en: la ley debe respetar la fe y la fe no debe dictar la ley.

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