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Constitución y derecho a la felicidad.

constitucionAparentemente no existe relación alguna entre la felicidad de la ciudadanía y la Constitución, norma fundamental que regula las cuestiones esenciales de la organización de una sociedad, desde lo elementos más importantes de las instituciones del Estado, hasta los derechos, libertades y obligaciones de los ciudadanos y los mecanismos para hacerlos efectivos.

 En la historia del constitucionalismo español encontramos un precedente de relación entre Constitución y felicidad. El próximo año 2012 se conmemora el 200º aniversario de la Constitución de Cádiz de 1812. En este primer texto constitucional de nuestra historia, encontramos en su artículo 13, la siguiente proclamación: “El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen”.

 Esta proclamación de nuestra primera Constitución, tiene unos procedentes históricos claros. Unos años antes, el producto jurídico más importante de la Revolución Francesa de 1789 fue la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (se aprobó el 26 de agosto de 1789), que en su preámbulo alude también a la felicidad como objeto del Gobierno de la Nación: “Los Representantes del Pueblo Francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del Hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los Gobiernos, han resuelto exponer en una Declaración solemne los derechos naturales, inalienables y sagrados del Hombre; para que esta declaración, estando continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, les recuerde permanentemente sus derechos y sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo, pudiendo ser confrontados en todo momento con los fines de toda institución política, puedan ser más respetados; y para que las reclamaciones de los Ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad de todos”.

 Y a su vez, también este texto tuvo como influencia  el artículo primero de la Declaración de Derechos de Virginia de 1776, prefacio de la actual Constitución de Estados Unidos. Dicha declaración, uno de los textos emblemáticos del constitucionalismo universal, proclama: «Que todos los hombres son, por naturaleza, igualmente libres e independientes, y que tienen ciertos derechos inherentes de los que no pueden privar o desposeer a su posteridad por ninguna especie de contrato, cuando se incorporan a la sociedad; a saber, el goce de la vida y de la libertad con los medios de adquirir y poseer la propiedad y perseguir y obtener la felicidad y la seguridad».

 Pues bien, mañana se cumplen 33 años de la aprobación por el pueblo español en referéndum de nuestra actual Constitución de 1978. Este texto no alude expresamente a la felicidad como derecho o como aspiración del Gobierno. En la actualidad, quizá habría que interpretar que el derecho a la felicidad está implícito en el concepto de Estado Social, en la obligación de los poderes públicos de remover los obstáculos que impidan que la igualdad sea real y efectiva para todos los ciudadanos. Formalmente somos todos iguales ante la ley, pero para hacerlo realidad son necesarias actuaciones públicas concretas.

 En conclusión, en nuestra actual Constitución el derecho a la felicidad se conseguiría si se garantizan desde servicios públicos cuestiones esenciales para la calidad de vida de los ciudadanos, que contribuyen de manera directa a la felicidad colectiva: educación, sanidad, vivienda, trabajo, medio ambiente, acceso a la cultura, protección de la infancia, etc. Lamentablemente en estos tiempos de crisis se cuestionan desde algunos ámbitos la pervivencia de este sistema de derechos sociales, y por consiguiente, de la felicidad colectiva entendida como aseguramiento de unos niveles mínimos de calidad de vida.

La efectividad de esos importantes derechos sociales fundamentales son clave para asegurar al individuo autonomía y dignidad como ciudadano pleno en condiciones de igualdad. En este sentido, la Asamblea General de la ONU ha aprobado recientemente que la búsqueda de la felicidad es un objetivo humano fundamental e invita a los Estados miembros a promover políticas públicas que incluyan la importancia de la felicidad y el bienestar general de la ciudadanía.

Ángel B. Gómez Puerto (Córdoba).

4 Comentarios

  1. Proceso Constituyente ya!

    No tenemos porque seguir soportando esta dictadura nefranquista camuflada:

    http://convocatoriaconstituyente.blogspot.com/p/manifiesto-por-un-nuevo-proceso.html

  2. Dedicado a Angel G. Puerto, para que por la vía del conocimiento y la verdad, alcance al fin la Felicidad anhelada…

    http://www.kaosenlared.net/noticia/estado-social-nuestra-constitucion

  3. Respetemos los inalienables derechos de lo que no comulgan con las ruedas de molino de esta FALSA «CONSTITUCION» para la que no se ha nombrado la preceptiva ASAMBLEA LEGISLATIVA.
    Se puede acallar la voz del disidente pero al final, cuando se enseñorean los traidores entre la miseria y las lágrimas, podemos sentirnos como si una bala nos hubiese atravesado el corazón:

    http://www.youtube.com/watch?v=gxIiFECp90g

  4. ANDALUSI LIBERTARIO

    Decía aquel repulsivo sujeto, enemigo de la Humanidad, el ministro de propaganda Goebbels que «una mentira mil veces repetida acaba por convertirse en verdad». Nada, Angel, tú sigue haciendo como existe una «constitución española» digna de tal nombre. Una y otra vez habremos de llamar a cada cosa por su nombre, hasta que incluso esos «grandes demócratas» que parieron esa pseudoconstitución (Fraga,Peces Barba o Carrillo entre otros) se den cuenta que no es sino PAPEL MOJADO.

    En efecto, una condición ‘sine qua non’ para promulgar una Constitución verdadera es que se nombre una Asamblea Constituyente, hecho que aún no se ha producido, luego se trata de una FARSA TARDOFRANQUISTA. y sirve de excusa como ya te dije en su día que se convocó un Referendum para aparentar «legitimidad», porque un Pueblo mostró su rechazo a la engañifa votando no en su Autonomía: Euskadi, luego carece de «consenso», en expresión que deleita a los demócrataorgánicos de las JONS nacionalcatolicistas españoles, cuanto menos de legitimidad alguna..

    Y por si no te sirviese un crítico con vuestras falacias y trágalas y el movimiento prodemocrático por él creado, Garcia-Trevijano, bastaría un sólo ciudadano -por ejemplo yo mismo- a la que ese bodrio nacionalista español produce una profunda infelicidad, por no considerarla con irrefutables argumentos democrática, para que carezca de validez.

    NOTA: Para los que no leísteis la réplica a la que no se atrvió a contestar Gómez Puerto con argumentos razonados, en su anterior sermón constitucionalista cañí del mismo tenor -«Constitución y Estado Social»-, aquí la reproduzco para vuestro disfrute:

    «»»Ah, ¿pero el autodenominado “pueblo español” tiene una “constitución democrática”? Me tomaré la molestia de plantear una serie de cuestiones por respeto a tus alumnos, los cuales lo tienen la culpa de lucir sobre sus cabezas la losa del ‘establishment’ docente nacionalista español, en forma de espada de Damocles cotidiana.

    En primer lugar para que un Pueblo redacte una Constitución tiene que tener tal condición y puesto que su propia “constitución”, Sr. Gómez, reconoce la existencia de otros Pueblos en el Estado y uno de ellos, concretamente el vasco, no la refrendó por tanto carece de legitimidad.

    En segundo término, para COSTITUIR hace falta ASAMBLEA CONSTITUYENTE, no una camarilla de “sabios” (entre los que se incluían Fraga y Peces Barba) usurpando las funciones de la susodicha e inalienable Asamblea.

    En un tercer aspecto, para que se dé una Constitución la SEPARACION DE PODERES debe ostentar carácter fundamental e irrecusable. Si el propio “senado” ha quedado reducido a disponer de menos arbitrios que un club de petanca de la 3ª edad, el “poder judicial” ha pasado a ser una delegación por cuotas del poder ejecutivo y esté último detenta en realidad todos los poderes, lo que padecemos, en suma, por mucho que quiera adobarse con huera palabrería y las mejores intenciones, no es sino LA CONTINUACIÓN DEL TARDOFRANQUISMO.

    Por ello confiamos que Movimientos como DEMOCRACIA REAL YA devuelvan la dignidad perdida a los que un día se creyeron “ciudadanos” y únicamente pueden definirse como súbditos de una monarquía elegida a dedo por un dictador genocida.

    P.S.: No te molestes en fingir “dialéctica” alguna Angel, sé que no plantearas ninguna de estas objeciones a tus alumnos. De nada.»»»

    Y para mayor gozo ahí tenéis a un maestro de la Teoría Política poniendo en su sitio al pedante Anguita CON ARTE Y PODERIO:

    http://www.youtube.com/watch?v=ImBJytTwzfk

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