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Acabamos de conocer que la sala de lo contenciosos administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha fallado (una expresión muy adecuada en este caso) contra la decisión de la Junta de Andalucía, del año 2007, de declarar inviable el teleférico Granada - Pradollano (Sierra Nevada) en virtud de lo expuesto en la Declaración de Impacto Ambiental pertinente.

La sala vaticana y la resurrección de los muertos

Mario Ortega | Acabamos de conocer que la sala de lo contenciosos administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha fallado (una expresión muy adecuada en este caso) contra la decisión de la Junta de Andalucía, del año 2007, de declarar inviable el teleférico Granada – Pradollano (Sierra Nevada) en virtud de lo expuesto en la Declaración de Impacto Ambiental pertinente.

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La DIA afirmó la incompatibilidad de la obra de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre 4/1989, la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres 8/2003, la Directiva Aves 79/409/CEE, la Directiva Hábitats 92/43/CEE y el Decreto 64/1994, de 15 de marzo, en el que se aprobaban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Sierra Nevada.

La declaración de impacto, con argumentos jurídico/científicos contundentes, cerró un debate intenso en el que el movimiento ecologista, asociaciones ciudadanas y de montañismo, Los Verdes de Andalucía e IU, intervinieron con fuerza marcando posiciones muy claras contra una nueva obra megalómana. Eran los tiempos de la borrachera sin fin de alquitrán, ladrillo y hormigón. El PSOE provincial pidió respeto ambiental a la obra, sin oponerse, el PP lanzó una de sus agresivas campañas propagandistas a favor, incluyendo los recurrentes agravios provincianos y el Partido Andalucista se sumó al eco de la derecha.

El tema parecía zanjado hasta el fallo del TSJA, fruto de un recurso de la empresa promotora del proyecto, que parece resucitar a los muertos. La empresa promotora, un conglomerado de doce empresas con un capital social de 600.000 €, pretendía una inversión de 40 millones de euros en una obra presupuestada en 130 millones. La operación era la de siempre, que los presupuestos públicos actuaran de inversión en intereses privados vendiendo el humo del desarrollo, el empleo y la prosperidad. Los argumentos económicos contra el teleférico a Sierra Nevada eran, si cabe, más evidentes que los ambientales, y sólo podían sostenerse con las futuras declaraciones de obra de interés público y el consiguiente expolio presupuestario.

Lo que resucita el TSJA es un espectro que se puede describir como veintisiete torres de hasta 70 metros de altura, en 21 kilómetros, visibles desde 40 kilómetros y con los apoyos en zonas LIC, ZEPA y de parque natural, con obra pública y expropiaciones imprescindibles para su construcción, cuando el cambio climático que afecta gravemente a Sierra Nevada y la estación de esquí ya está suficientemente saturada, con un precio previsto del Billete superior a los 20 euros por persona y con la banca prestamista cobrando sus legales intereses.

Así es esta sala de lo contencioso andaluza, conocida por sala vaticana por otras sentencias “graciosas” en favor de la separación de sexos en la enseñanza o de la “libertad” de elección de centro educativo, eso sí, como en el caso del teleférico, sostenido todo con fondos públicos.

La sala vaticana habrá visto en el teleférico a Sierra Nevada una vía rápida para que empresas sin escrúpulos, banca y derecha política tengan el cielo en esta tierra a su plena disposición. Es la resurrección de lo muertos para acabar con nuestros paraísos.

@marioortega

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