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Las medidas de la UE y el plan de recuperación. – La UE ante la crisis (4) –

Rafa Rodríguez

(9 de mayo, día de Europa)

 

  1. Introducción

Las medidas que está adoptando la UE son significativas del cambio en la correlación de fuerzas dentro de la UE, tal como expusimos con anterioridad en P36 (https://www.paralelo36andalucia.com/ahora-mas-europa-la-ue-ante-la-crisis-3/).

Estas medidas han servido, hasta ahora, para evitar una nueva crisis de deuda (a pesar de que haya Estados como el italiano cuya deuda pública esté a un paso de ser calificada como bono basura), lo que supone una acción política que constata la enorme ventaja de pertenecer a la Unión Europea. Sin embargo, la pugna por cómo van a ser las medidas para la reconstrucción, está aún muy abierta.

 

2.     Las medidas previas

Con anterioridad al acuerdo del Eurogrupo del 9 de abril, ya se habían tomado tres medidas importantes:

  1. El Consejo refrendó el 23 de marzo, la propuesta de la Comisión Europea para la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, hibernando los techos del 3% del PIB en déficit y del 60% en deuda.
  2. Una tímida disposición presupuestaria de 37.000 millones de remanentes de crédito para asignarlos a gastos para la emergencia sanitaria.
  3. El uso flexible de los fondos estructurales.

 

3.     La actuación del Banco Central Europeo (BCE)

La actuación del BCE está siendo decisiva para evitar que el aumento del gasto y la bajada de ingresos públicos, y por consiguiente la necesidad de emitir más deuda, derive en una subida de los tipos de interés.

  • El BCE está prestando dinero a las entidades crediticias con importes muy elevados (1,2 billones), a largo plazo (4 años) con los que financiar a empresas y familias, avalados parcialmente por los Estados. Las reglas prudenciales para las entidades financieras han sido flexibilizadas, rebajando las garantías exigidas (los llamados colaterales) para acogerse a sus amplios créditos.
  • La gran novedad es que el BCE puso en marcha un programa de compras de deuda pública en mercados secundarios hasta un límite de 750.000 millones de euros (Programa de compras de emergencia pandémica – PEPP-), que podría ser ampliado.
  • Está comprando renta fija privada (bonos emitidos por las empresas) mediante el programa “Corporate Sector Purchase Programme” (CSPP) hasta 320.000 millones.

Además, el BCE puede emplear su arma más potente, las OMT (transacciones monetarias abiertas), para apoyar sin límites a un país que sufra un acoso de los mercados.

Con estas medidas de política monetaria no convencional el BCE aumenta su base monetaria (un billón con la suma de los programas PEPP y CSPP), esto es, crea dinero, y vía sistema financiero, se transforma en oferta monetaria que llega a la economía real con la intención de dinamizar el PIB.

 

4.     La sentencia del Tribunal Constitucional  alemán (TCA) y la respuesta del Tribunal de Justicia  de la UE (TJUE).

El TC alemán ha dictado una sentencia en la que ve problemas de legalidad en la compra de deuda pública por el BCE (se refiere al programa que puso en marcha Dragui, a pesar de que contaba con el visto bueno del TJUE, precisamente a raíz de una consulta del TCA. En la argumentación del TCA subyace la obsesión porque la creación de base monetaria por el BCE no genere inflación y supere el mandato de los Tratados al BCE de mantener la inflación por debajo del 2%. Pero es que en los últimos años y más aún con la crisis del Covid-19, la amenaza no es la inflación sino la deflación.

Después de esta sentencia las primas de riesgos de los Estados han aumentado, incluida la alemana y también se han incrementado los seguros contra los impagos de bonos (los CDC), que son derivados de crédito para cubrir el riesgo de impago de la deuda.

Pero quien se ha excedido no ha sido el BCE sino el TC alemán que sigue sin entender la naturaleza orgánica de la UE, que lejos de ser un puzzle de Estados, es un sistema político.

La respuesta del TJUE, ubicado en Luxemburgo, ha sido contundente “El Tribunal de Justicia, creado a tal fin por los Estados miembros, es el único competente para declarar que un acto de una institución de la UE es contrario al derecho de la Unión” y advierte, “las divergencias entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en cuanto a la validez de dichos actos pueden llegar a comprometer la unidad del ordenamiento jurídico de la Unión y a perjudicar la seguridad jurídica”, “conforme a reiterada jurisprudencia, una sentencia dictada con carácter prejudicial por este tribunal (la que dicto el TJUA a raíz de la consulta del TCA), vincula al juez nacional para la resolución del litigio principal.” “Al igual que otras autoridades de los Estados miembros, los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a garantizar el pleno efecto del derecho de la Unión. Solo así se puede garantizar la igualdad de los Estados miembros en la Unión creada por ellos.” Este comunicado del TJUE ha sido calificado de excepcional, contundente e histórico.

Sin embargo, urge reformar los tratados de la UE para dar mayor seguridad jurídica a las medidas que hay que tomar en relación a la lucha contra la pandemia, en particular el artículo 123.1. (antiguo artículo 101 TCE), del Tratado de Funcionamiento que determina “la prohibición de la adquisición directa a los mismos de instrumentos de deuda por el Banco Central Europeo o los bancos centrales nacionales.”, lo que obliga a BCE a comprar los títulos de deuda pública en los mercados secundarios y no de forma directa.

 

5.     Las medidas del acuerdo del Eurogrupo (9 de abril)

a) El fondo de rescate europeo (Mede)

Para la creación del MEDE se modificó el tratado de funcionamiento de la UE (25 de marzo de 2011) y se añadió a su artículo 136 un apartado autorizando a los socios de la moneda única a crear un mecanismo para salvaguarda la estabilidad de la zona euro en su conjunto y que toda ayuda se supeditará a condiciones estrictas.

Sin embargo, en esta ocasión se ha aprobado que el MEDE conceda préstamos con tipos de interés cercanos a cero (0,115%) y plazos de devolución largos (un máximo de 10 años), de hasta 240.000 m€ (el 2% del PIB de la Eurozona), para financiar gastos ocasionados directa o indirectamente por la pandemia, sin condicionalidad específica (solo limitados a un buen uso de fondos) para los Estados miembros, que no tendrán que presentar un memorándum de entendimiento, como en los rescates, sino que deberán presentar un “plan de respuesta a la pandemia” que incluya todos los gastos que necesitan financiar, con una duración hasta el 31 de diciembre de 2022, con la posibilidad de extenderlo.

Las previsiones son que estos créditos estén listos para el 1 de junio, aunque las primeras indicaciones no apuntan a una demanda inmediata de este instrumento, del que España podría recibir unos 24.000 m. en el caso de que se decidiera a solicitar estos préstamos.

b) El fondo de garantía del Banco Europeo de Inversiones (BEI)

Este instrumento consiste en un fondo de garantía para la financiación empresarial de hasta 25.000 m. mediante garantías aportadas por los Estados miembros en proporción al capital del BCE, para avales públicos proporcionados al Banco Europeo de Inversiones (BEI), lo que le permiten abrir una línea adicional de crédito hasta un valor de 200.000 millones, dirigida básicamente a las pymes.

c) El SURE

La Comisión Europea emitirá deuda por una cuantía de hasta 100.000 millones de euros, utilizando las garantías de varios Estados miembros, para dar préstamos para financiar programas destinado a sufragar los gastos de reducción temporal de empleo (como los ERTE en España).

 

  1. El acuerdo del Consejo del 23 de abril, un paso adelante

El acuerdo del Consejo ampliado de Jefes de Estado y de Gobierno de la UE (el Consejo), del 23 de abril, ha supuesto un paso adelante al aprobar, por una parte, la propuesta consensuada en la reunión del Eurogrupo del 9 de abril para afrontar los gastos sanitarios y amortiguar las consecuencias sociales evitando que las finanzas públicas quedaran fuera de control (fase de emergencia) y, por otra, abrir la puerta a la emisión de deuda común (fase de reconstrucción).

 

  1. El Fondo de recuperación aprobado en el Consejo Europeo del 23 de abril de 2020

Este Consejo (ampliado a 33 miembros), el cuarto celebrado en relación al Covid-19, refrendó el acuerdo del Eurogrupo por valor de 540 000 millones de euros y, tras un duro enfrentamiento entre los Estados que defienden la emisión de deuda común por la UE, que tiene la máxima calificación crediticia (AAA) en todas las agencias internacionales de calificación de riesgos (lo que implica un bajísimo tipo de interés), y los Estados que se negaban a ello, encabezados por Holanda y Suecia, aprobó un fondo de recuperación para preparar y apoyar la salida de esta crisis, como posición intermedia.

El instrumento, cuyo diseño y encaje institucional deberá ser aún concretado por los jefes de Estado en la próxima cumbre, será “temporal” y orientado a los “costes extraordinarios” de la crisis actual.

Además, reflejará las prioridades fijadas por la UE y asegurará la “solidaridad” de la Unión con los países más afectados, con cuatro ámbitos de actuación principales: un mercado único plenamente operativo, un esfuerzo inversor sin precedentes, una actuación global y un sistema de gobernanza operativo.

El acuerdo tiene un anclaje en el presupuesto de la UE (el marco financiero plurianual – MFP-) porque dice “proporcionará financiación a través del presupuesto de la UE” de una magnitud suficiente, ir dirigido a los sectores y zonas geográficas más afectados de Europa y ser específico para abordar esta crisis sin precedentes.

El Consejo encarga a la Comisión la tarea de analizar las necesidades exactas y presentar urgentemente una propuesta que deberá precisar el vínculo con el MFP, que en cualquier caso deberá adaptarse para gestionar la actual crisis y sus consecuencias.

Por último, el Consejo expresó su solidaridad con Chipre ante las actividades ilegales de perforación por parte de Turquía en la zona económica exclusiva de Chipre y decidió celebrar una videoconferencia con los Balcanes Occidentales que se ha celebrado el pasado 6 de mayo.

 

  1. El proyecto de Plan de la Comisión para relanzar la economía

La Comisión propone financiar el plan con un fondo de hasta 1,6 billones de euros y quiere que el relanzamiento se haga con criterios que canalicen las ayudas y los préstamos hacia los proyectos con más visión de futuro desde el punto de vista medioambiental y digital, bajo el criterio de reforzar la autonomía estratégica de la Unión y producir bienes esenciales en Europa y evitar el riesgo de que la crisis de liquidez, provocada por la pandemia, mute en una depresión económica.

El texto del proyecto, que la Comisión tiene previsto aprobar en este mes, incluye ya la lista de áreas prioritarias donde se puede actuar con el mayor potencial para concentrar la inversión en sectores y actividades con un futuro sostenible, y se basa en una fusión de los planes previos a la pandemia, como el Pacto Verde y la agenda digital. En este sentido recuerda los errores cometidos en los incentivos que se adoptaron después de la crisis del 2008 para impulsar la venta de automóviles o las rebajas de impuestos a combustibles fósiles (gasolina o gasoil): “esta vez debemos estar mejor preparados y construir un plan de recuperación que lleve las actuaciones nacionales hacia una industria europea que pueda liderar la energía y la movilidad limpias, la industria verde y la digitalización”.

La Comisión defiende un plan de recuperación rápida “que requerirá un fuerte elemento de solidaridad entre los Estados miembros (…) tanto en la fase inmediata como a medio plazo”, y ante el conflicto entre Estados que defienden una sólida respuesta común y los que se oponen a ello se decanta porque “Todas las posibilidades para reunir financiación pública, incluidas las opciones no convencionales, deben explorarse”. Es más, el documento provisional asegura que sería un error repetir los planes puestos en marcha frente a la crisis financiera de 2008, cuando buena pares de las ayudas se destinaron a salvar empleos a corto plazo o, en el peor de los casos, en detrimento de objetivos de sostenibilidad a largo plazo.

El proyecto de documento prevé dos fases

  1. Una primera fase más urgente que abarcaría de 12 a 24 meses, que consistiría en inversiones verdes y proyectos digitales que ya están tecnológicamente maduros, pero necesitan el impulso para comenzar, en especial:
  • La rehabilitación de viviendas y edificios público.

Los edificios son los mayores consumidores de energía en la UE y son responsables del 36% de las emisiones de gases con efecto invernadero. El 75% del parque inmobiliario se construyó antes de que estuvieran en vigor las primeras directivas sobre eficiencia energética, y el 80% de esos edificios seguirán en pie en 2050, cuando la UE se propone alcanzar la neutralidad en emisiones, para lo que es necesaria una rehabilitación generalizada.

Por eso, la lista de áreas prioritarias para una intervención de fondos públicos y privados sin precedentes arranca con la llamada “oleada de renovación” inmobiliaria, un capítulo que, según la Comisión, puede requerir una inversión de hasta 250.000 millones de euros anuales que calcula que la oleada de rehabilitaciones deberá impulsarse con fondos públicos por valor de 50.000 millones de euros al año. El plan prevé subsidios a fondo perdido tanto a particulares como a ayuntamientos, a través de los fondos estructurales o el BEI. Al mismo tiempo supondrá la creación de puestos de trabajo que no se pueden deslocalizar y que serán necesarios en cada pueblo o ciudad y que incluirá no solo a los trabajadores de construcción, sino toda una industria que incluye desde fabricantes de sistemas de calefacción, instalación de paneles solares, materiales de aislamiento, arquitectos, ingenieros, etc.

  • El impulso a las energías renovables.

Las energías renovables aparecen como segunda gran prioridad en el esbozo del Plan de recuperación, con una movilización requerida de 75.000 millones de euros anuales por encima de la inversión prevista hasta ahora. La Comisión calcula que la aportación del Plan podría ascender a 10.000 millones de euros anuales con un potencial de apalancamiento entre medio y alto. La intervención europea consistirá principalmente en préstamos, con un limitado elemento de subsidios en función de la madurez de la tecnología.

  • La digitalización de servicios e industrias

La digitalización será el objetivo común que cubra la intervención en todos los sectores, desde el inmobiliario y el energético hasta el del impulso de una industria circular (con 20.000 millones de euros anuales entre subsidios y préstamos), a la agricultura (intervención de más de 7.500 al año) o la construcción de infraestructuras adaptadas al cambio climático (20.000 millones al año). La Comisión estudia la posibilidad de crear una línea especial de financiación que permita impulsar las inversiones más arriesgadas de la revolución tecnológica.

  • Transporte limpio

La revolución para un transporte limpio, como lo define el documento de la Comisión, requería una inversión de 40.000 millones de euros al año, pero toda una industria tendrá que resetear sus cadenas de suministro y buscar unos vehículos y unos servicios de movilidad para una nueva y dura demanda. El despliegue de infraestructuras de recarga para vehículos sin emisiones, la renovación de las flotas de taxis, autobuses y vehículos compartidos, los incentivos para mandar al desguace a los vehículos antiguos o la construcción de vías exclusivas para bicicletas y transporte público figuran entre los proyectos a los que la UE podría dirigir su financiación.

b)      La segunda fase, menos definida, abarcaría un medio plazo cifrado entre dos y cinco años e incluirá sectores como la renovación de la producción siderúrgica, la producción de hidrógeno limpio y el desarrollo de la inteligencia artificial.

(*) La imagen es una obra del artista del pop-art, Tom Wesselmann

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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